- transparencia
- 1. Adm. Obligación de las administraciones públicas y otras entidades públicas y privadas, como los partidos políticos o las entidades subvencionadas, de dar a conocer periódicamente los datos más relevantes de su actividad, con los elementos económicos y presupuestarios correspondientes, así como facilitar a las personas el acceso a la información pública contenida en documentos y archivos que aquellas custodian.Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.2. Eur. Principio general que rige el funcionamiento del sistema institucional de la Unión Europea a fin de hacerlo más comprensible y susceptible de escrutinio directo por parte de los ciudadanos, para los que resulta, como principal manifestación jurídica del mismo, un derecho subjetivo de acceso a los documentos de las instituciones, órganos y organismos de la Unión.
TUE, art. 1; Carta de Derechos Fundamentales de la UE, art. 42 . «La transparencia del proceso de decisión refuerza el carácter democrático de las Instituciones, así como la confianza del público en la Administración» (Declaración n.º 17, Tratado de Maastricht).