libertad de industria

Sublema de libertad
Adm. Establecimiento de industrias como derecho económico.
Declaración contenida en el artículo 131 de la Constitución de Cádiz que atribuye a las Cortes la facultad de «promover y fomentar toda especie de industria y remover los obstáculos que la entorpezcan». El Decreto de las Cortes Generales y Extraordinarias de 22 de febrero de 1812 faculta al Gobierno para que «permita la celebración de ferias y mercados en todos los pueblos que lo soliciten siempre que lo estime oportuno, oyendo antes a las diputaciones provinciales». Y el Decreto de 8 de junio de 1813, artículo 1, estableció: «todos los españoles y los extranjeros avecindados podrán libremente establecer las fábricas o artefactos de cualquier clase que les acomode sin necesidad de permiso ni licencia alguna, con tal que se sujeten a las reglas de policía adoptadas o que se adopten para la salubridad de los pueblos».

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